Los pericos, loros y guacamayos de origen mexicano ahora se encuentran protegidos por una nueva legislación, la cual establece que sólo podrán ser extraidos de su hábitat natural con fines de conservación o investigación científica, con lo que se prohíbe su su captura para venderlos o comerlos.
En una adición a la Ley General de Vida Silvestre Mexicana, se establece que las ave de la familia Psittacitae o psitácido - loros, guacamayos, cotorras y periquitos - no podrán ser "sujeto de aprovechamiento extractivo con fines de subsistencia o comerciales".
Por este hecho, solo será legal tener estas aves con fines de conservacion o investigación científica, como en el caso de los criaderos autorizados y de las instituciones académicas acreditadas.
Se consideran 26 especies de aves, cuya distribucion natural está dentro del territorio mexicano, tales como el Perico verde, el Perico azteca, los Loros en general, y el Loro senil, ademas de ejemplares conocidos como Amazonas, de las cuales destacan el rojo, el violeta y del de cabeza amarilla.
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